Lo cierto es que es un trámite muy sencillo que, eso sí, requiere que preparemos una completa documentación, la cual deberemos presentar ante la comercializadora de energía que hayamos elegido para que nos preste este servicio.
Hasta hace unos pocos años, el mercado se reducía a dos o tres opciones, como Iberdrola o Endesa, pero hoy en día encontramos infinidad de empresas dedicadas a este menester. Muchas de ellas, por cierto, ofrecen energía 100 % limpia y renovable como HolaLuz o Lucera, además de cooperativas de socios que trabajan por obtener un precio bastante justo en el mercado.
Una vez que tengas claro cuál te interesa más, ve preparando la siguiente documentación:
Licencia de primera ocupación o licencia de apertura para la primera contratación.
Cédula de habitabilidad
Certificado de Instalación Eléctrica en baja tensión
Documento Nacional de Identidad, CIF, NIF, Pasaporte o Carta de trabajo.
Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento, o escrito de adjudicación en promociones públicas.
Cuenta bancaria para domiciliar el pago.
En el coste del alta te incluirán los siguientes conceptos:
Los derechos de acometida. Es decir, la contraprestación económica que se paga a la empresa distribuidora por realizar todos los trámites e instalaciones necesarios para dar de alta este nuevo suministro o para la ampliación de uno ya existente.
Los derechos de enganche. Esto es, aquellos que hay que abonar a los distribuidores en el caso de que estos tengan que realizar la operación de acoplar eléctricamente la instalación receptora a sus redes.
Los derechos de verificación, los cuales se deberán abonar al consumidor cuando la empresa distribuidora realice la operación referida. No se cobrarán los derechos de verificación cuando los aumentos de potencia no excedan de la potencia máxima admisible recogida en el último boletín del instalador, siempre que la instalación tenga una antigüedad inferior a 20 años.
Los derechos de garantía, que son el equivalente a la facturación teórica mensual correspondiente a cincuenta horas de utilización de la potencia contratada. Se devuelve al término del contrato.
Normalmente el alta de la luz en una vivienda nueva se puede gestionar de manera telefónica, por correo electrónico o en una oficina física de atención al cliente.
Recuerda, además, que en caso de ser familia numerosa o tener una renta considerada baja, puedes acceder a las ayudas del bono social, las cuales deberás tramitar ante la comercializadora. Esto puede suponer un descuento del 25 % al 50 % sobre el importe de la factura, dependiendo del caso.
Ya has visto que dar de alta la luz en una vivienda nueva es un trámite que no reviste complejidad y que, incluso, puedes realizar desde casa gracias a las nuevas tecnologías. Recuerda que has de tener lista toda la documentación precisa para ello.
O cuéntanos lo que necesitas y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible