¿Cómo es el contrato de comodato de una vivienda?


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Este tipo de fórmula resulta muy habitual entre padres que ceden gratuitamente a sus hijos, sin recibir contraprestación alguna, el disfrute de una casa. Es muy posible que en tu entorno conozcas más de un caso que encaja perfectamente en esta descripción. Pero vamos a ver qué es una vivienda cedida o comodato.
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Este tipo de situaciones suelen abundar entre parientes, pero no se hace constar en documento alguno pues todo se tramita de manera oral. No obstante, sí que es posible formalizar esta relación a través de la fórmula jurídica que nos brinda el contrato de comodato. Aunque no es obligatorio hacerlo, sí que resulta recomendable.

De esta manera, su regulación se encuentra en el artículo 1.740 Código Civil y tiene su origen en el derecho romano.

 

¿Cómo es el contrato de comodato de vivienda?

En este documento deben de constar tanto el nombre del propietario de la vivienda o cedente y el de la persona que la habitará (cesionario o comodante). También es necesario aclarar que no se pagará ningún importe por parte del (cesionario o comodatario) al cedente por el uso del inmueble.

No es preciso consignar el tiempo de duración del contrato, pero se deduce que el cesionario la abandonará cuando el propietario se lo pida sin mayor problema.

De esta manera, el cesionario correrá con los gastos de comunidad, luz, agua, así como los derivados por el uso y disfrute.

Pero, con carácter general, el cedente continuará asumiendo el pago de impuestos como el IBI, pero dado que estamos ante un contrato libre entre las partes, éstas pueden acordar lo que consideren necesario.

 

En cualquier caso, vamos a hacer una serie de precisiones con respecto a la figura del comodato:

 

  • No es necesario que el comodante sea el propietario de la cosa. Así, basta con que disponga del derecho de ceder el uso de la misma. De esta manera, un comodatario podría ser un usufructuario o un arrendatario.
  • En cuanto al objeto del contrato, este debe ser una cosa no fungible, aunque también podrá ser una cosa fungible siempre que su uso no implique una destrucción de la misma.
  • Se concede el derecho de usarlo durante cierto tiempo, pero también existe la obligación de devolverlo pasado ese plazo que decidan.

 

Si deseas más información al respecto de este tema, podrás hacerlo en este artículo de Wolters and Kluwer que resulta bastante completo y detallado.

 

En definitiva, has de tener presente que la gratuidad y la temporalidad son los rasgos distintivos del comodato y que, por lo tanto, suele concluir cuando lo haga el uso pactado, aunque también queda a disposición de la voluntad del comodante quien será en última instancia el que decida al respecto.

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