¿Cómo se reparten los gastos en una comunidad de vecinos? Esta es una cuestión que nos interesa mucho cuando nos mudamos a una comunidad de propietarios y no sabemos exactamente cómo se establece la cuantía de las cuotas y a qué se destinan.
Lo cierto es que, tal y como nos especifican en este artículo de ABC, la cuantía debe quedar recogida en los estatutos de la comunidad de propietarios. El importe, además, vendrá condicionado por las instalaciones y gastos del residencial. No en vano, la piscina, el jardín o las zonas comunes son instalaciones que repercutirán en el coste de mantenimiento de la finca.
Según el artículo 3 b) de la Ley de Propiedad Horizontal, los gastos comunes de una comunidad de propietarios se distribuyen en función de la cuota de participación que cada vivienda o local tenga asignada. Así, según destacan en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), esta cuota la podemos definir como el porcentaje en el que un miembro de la Comunidad de propietarios participa en los gastos y cargas propios de la comunidad.
¿Cómo se fija la cuota de participación?
Dicha cuota se fija atendiendo a los siguientes extremos:
La superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble.
Su situación y emplazamiento interior o exterior.
El uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios y elementos comunes.
Lo habitual es que esta cuota, tal y como podemos leer en Mundo Jurídico, la establezca el promotor al otorgar la escritura de división horizontal del edificio antes incluso de comenzar la venta. En ella asigna a cada uno de los elementos privativos —como pisos o locales— una cuota de participación en el conjunto del edificio. Aunque también es posible que la fijen la totalidad de los propietarios del edificio mediante un acuerdo unánime. Una tercera forma es a través de laudo arbitral o resolución judicial.
Así, el propietario está obligado, en función de esta cuota, a contribuir con los gastos generales de la comunidad para garantizar el adecuado mantenimiento del edificio y sufragar todos los gastos que ocasionen los servicios, como la luz o la limpieza de la escalera.
Es posible que alguno de los propietarios no esté de acuerdo con la cuota de participación asignada, pues esta última es la que le hace pagar más o menos gastos de comunidad de vecinos. Para modificarlo, será preciso lograr la unanimidad. Algo que en en muy pocas ocasiones se consigue.
En suma, la cuota de participación que ostente nuestra vivienda determinará nuestro grado de implicación económica en los gastos de comunidad. Para su cálculo se tiene en cuenta la superficie útil, la situación o el uso que se presuma que vamos a hacer de los elementos comunes. En caso de discrepar de esta cuota, será preciso conseguir la unanimidad de todos los vecinos en la votación correspondiente.
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* Esta herramienta de cálculo de cuotas mensuales de hipoteca tiene carácter exclusivamente informativo. Las cuotas resultantes han sido calculadas utilizando capitales y tipos de interés orientativos.