VPO: Qué son y cuándo se pueden vender


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Una de las dudas más recurrentes surge cuando queremos vender nuestra casa de VPO, pero no resulta fácil ya que estamos sujetos a un plazo que debemos de respetar ya que –de lo contrario– incurriríamos en una ilegalidad. Sí, porque ¿cuándo se puede vender una vivienda de protección oficial?
Mundo inmobiliario
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¿Qué es una VPO?

Pero antes que nada queremos explicarte en qué consisten las VPO y por qué resultan tan especiales.   

                                                                 

Así, una vivienda de protección oficial cuenta con esta consideración cuando en el momento de su calificación, el promotor recibe una serie de ayudas por parte del estado.

 

Es decir, se encuentra subvencionada por este último y ello hace que se ofrezca en el mercado por un precio concreto y limitado.

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Características de las viviendas de protección oficial

Las viviendas de protección oficial (VPO) son un tipo de vivienda que se caracterizan por tener un precio inferior al de mercado, unas características específicas (tamaño, diseño, calidad, etc.) que están fijadas por la Ley y por exigir unos requisitos especiales de acceso a los solicitantes.

¿Cuál es el precio de las viviendas VPO?

Las VPO tienen un precio inferior al de mercado, lo que las hace más asequibles para los ciudadanos con menos recursos. El precio máximo de una VPO se establece por la comunidad autónoma en la que se encuentra la vivienda.

Tamaño de las viviendas VPO

La superficie máxima de una VPO es de 90 metros cuadrados, con excepciones para personas con discapacidad y familias numerosas. Las VPO para personas con discapacidad pueden tener hasta 108 metros cuadrados, y las VPO para familias numerosas pueden tener hasta 120 metros cuadrados.

Uso de las viviendas de protección oficial

Las VPO deben destinarse permanentemente a un uso residencial. Es decir, no pueden utilizarse para fines comerciales o industriales.

Adjudicaciones y subvenciones de las VPO

Las VPO suelen ser construidas por promotores inmobiliarios. Estos promotores llegan a un acuerdo con el Estado para recibir financiación estatal a cambio de construir un número limitado de viviendas de protección oficial.

Cada comunidad autónoma es la encargada de evaluar las viviendas que entrarán en la categoría de VPO y de ponerlas a disposición de los ciudadanos. La diferencia entre el coste de una VPO y el que tendría en el mercado general, la cubren el Estado y la comunidad autónoma.

Cuándo se puede vender una vivienda de protección oficial

La ley marca que deberemos aguardar un período de entre 10 o 50 años desde la compra del inmueble, aunque en la mayoría de regiones se apuesta por los 10 años. Para saber cuál es exactamente, debemos consultar esta información en la escritura de compraventa pues ahí se detallará.

Proceso para vender una VPO

Si efectivamente ha transcurrido este tiempo que establece la ley, podremos vender la casa libremente sin que sea precisa una autorización para ello.

También podremos vender la casa sin autorización previa si la vivienda se va transmitir al cónyuge tras decidirse así en un acuerdo de separación o divorcio.

Por lo tanto, antes de que transcurra este tiempo estaremos con las manos atadas y no podremos efectuar su venta.

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Derecho de tanteo y retracto

En cualquier caso, debes saber que aunque haya transcurrido este plazo legal, la administración autonómica puede ejercer el derecho de tanteo y retracto. Esto significa que la Comunidad e incluso la entidad local del municipio en la que esté ubicada la casa, podrá adquirir dicho inmueble de manera preferente.

 

Por supuesto, existe un plazo para ello. En concreto, hablamos de 3 meses que se contarán desde el momento en que la Administración tenga constancia de la realización de la venta. Una vez concluido este tiempo, el derecho caducará.

 

¿Qué sucede si la quieres vender antes de este plazo de 10 a 50 años marcados legalmente?

Existe la posibilidad de hacerlo de manera completamente legal sin tener que esperar al transcurso de ese plazo (entre 10 y 50 años) siempre que previamente hayamos solicitado a la Consejería competente de nuestra comunidad la descalificación como VPO. Es decir, que pierda esta consideración y nos autoricen –en definitiva– a su venta.

En este caso, deberás solicitar una autorización a la comunidad autónoma en la que se halle el inmueble. En este documento deberás explicar los motivos por los que quieres venderla. Lo más habitual es alegar un cambio de residencia por cuestiones de trabajo. También se suele pedir por un cambio en nuestras necesidades que nos obligan a mudarnos a un hogar acorde a nuestra nueva situación.

Además, tendremos que abonar las ayudas públicas recibidas para la adquisición del piso VPO, incluidos los correspondientes intereses legales.

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 En suma, ya has visto que el plazo para la venta de una vivienda de protección oficial varía entre los 10 y 50 años. Una vez transcurrido este tiempo, podremos hacerlo con libertad, pero no olvides que la Comunidad Autónoma posee un derecho de tanteo y retracto. Por lo tanto, podrá hacerse con la vivienda.

En cualquier caso, si te interesa el tema, puedes informarte en este artículo de la web de Certicalia.

Preguntas frecuentes

¿Qué hay que hacer para descalificar un piso de Protección Oficial?

Para descalificar una vivienda de Protección Oficial (VPO), debemos dirigirnos a la comunidad autónoma donde se encuentra ubicada. Solo esta comunidad autónoma tiene la competencia para iniciar y resolver el procedimiento de descalificación.

¿Cuándo se descalifica automáticamente una vivienda de VPO?

En suelo destinado a vivienda protegida, la condición de vivienda protegida se mantiene de forma permanente mientras subsista el régimen del suelo o durante un plazo mínimo de 30 años. En otros suelos, la condición de vivienda protegida se mantiene durante un plazo de 30 años, sin posibilidad de descalificación.

¿Cuándo se puede vender una vivienda de Protección Oficial en Andalucía?

En Andalucía, las viviendas de Protección Oficial (VPO) tienen un periodo de protección de diez años. Una vez transcurrido este periodo, la persona propietaria podrá transmitir la vivienda, alquilarla o ceder su uso sin necesidad de autorización previa.

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