Normativa para piscinas en patios y terrazas


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¿Es posible instalar piscinas en patios o terrazas? ¿Te suena la pregunta?
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Seguro que sí, porque con la llegada del calor muchos se ven tentados por la posibilidad de instalar una piscina en la terraza de su ático para sobrellevar mejor la canícula. Sin embargo, las dudas acerca de la seguridad de una instalación semejante y si ésta acabará dañando con su peso la estructura del edificio son muy frecuentes. Vamos a analizar las posibles cuestiones que surgen en torno a ello.

En este sentido, a la hora de valorar esta opción y según podemos leer en el portal especializado Houzz, debemos solicitar un estudio técnico que analice la estructura del edificio. De esta manera, evitaremos males mayores al saber exactamente el peso que puede soportar nuestro patio o terraza. 

En caso de tener luz verde, no todo está resuelto aún, pues es posible que por cuestiones de protección del paisaje y patrimonio urbano, este tipo de actuaciones no estén permitidas en nuestra zona. En el caso de que optemos por una piscina de obra, será preciso solicitar el pertinente permiso al Ayuntamiento.

Asimismo, debemos tener la cautela de recurrir al doble vaso. Uno de ellos servirá de recipiente para contener el agua, mientras que con el segundo, situado por debajo, trataremos de evitar filtraciones a las viviendas que se hallan en la planta inferior.

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¿Puedo poner una piscina en mi patio?

En la revista Consumer nos informan de que la legislación española no recoge nada acerca del uso concreto de piscinas portátiles en las terrazas o balcones de las viviendas. Pero la normativa sí recuerda que cada metro cuadrado forjado de una vivienda debe ser capaz de soportar la presión de 200 kilos de peso. Ese límite es más que adecuado para personas y muebles, aunque no tanto para las piscinas, pues pueden ser sumamente pesadas cuando las llenamos de agua. Por esta razón, los arquitectos e ingenieros suelen dotar a los suelos de unas resistencias de unos 350 kilogramos por metro cuadrado.

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De esta manera, se podría instalar sin problemas una piscina siempre que esta no supere unos determinados centímetros de profundidad. Pero ¿cómo lo calculamos?

Así, teniendo en cuenta que un metro cuadrado equivale a 10.000 centímetros cuadrados (cm2), si colocamos sobre esta superficie un nivel de 10 centímetros de agua, tendremos allí concentrados 100.000 centímetros cúbicos de agua que equivalen a 100 litros. Recuerda que cada litro pesa 1 kilo. Si la llenamos hasta los 20 centímetros de agua, la presión será de 200 kg/m2, que es la resistencia límite fijada por la ley. En el caso de que la llenemos un poco más, excederemos lo permitido y pondremos en serios apuros la propia seguridad del edificio.

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Posible responsabilidad civil por piscinas en patios o terrazas

Según podemos leer en un artículo de Legálitas, aunque la instalación de una piscina de carácter portátil no nos obliga a recabar la autorización de la comunidad de vecinos ni tampoco una licencia urbanística, sí que es cierto que somos responsables de los posibles daños que causemos al resto de vecinos en virtud de la responsabilidad civil.

En este sentido, algunos expertos consideran que la posibilidad de que se produzcan daños debería animarnos a ampliar la cobertura del seguro habitual de la vivienda a estos efectos.

 

En suma, aunque te apetezcan mucho los remojones en tu terraza, debes tener muy presente que antes debes asegurarte de que es posible instalar una piscina ahí. De este modo, no debe faltar el informe de un técnico que nos garantice que la estructura del edificio no se verá comprometida. Una vez que sepamos que no hay problema, debemos asegurarnos una óptima impermeabilización para evitar filtraciones a las viviendas inferiores. También es recomendable ampliar la cobertura del seguro de la vivienda si se opta por instalar definitivamente una piscina.

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